domingo, 5 de junio de 2016

CONTRATO

CONTRATO
El contrato es un acuerdo de voluntades que genera derechos y obligaciones de dar, hacer y no hacer.

En roma nacieron los contratos, cuasicontratos y de los delitos cuasidelitos.
Obligacion Proten Rem (la cosa viene con un accesorio)

Contrato: Dar, hacer y no hacer, de una o varias personas
Contrato Convención: es lo que las dos partes acordaron.


ELEMENTOS ESENCIALES DE LOS CONTRATOS

CONSENTIMIENTO: voluntad de celebrar un contrato.
·         OBJETO: lícito, que sea legal y posible. Determinado, identificado y apreciado en dinero.
·         CAPACIDAD: toda persona que sea capaz + 18 años.




CONTRATO DE COMPRAVENTA:

 es el mas antiguo.

Elementos Esenciales del Contrato:
1. Identifiquen la partes (nombre, CC, tel. etc)
2.El objeto del contrato.( que se vende)
3. El precio.
4. La forma de pago
5. las arras: es una garantía para que se materialice el negocio, en caso de incumplimiento.
6. Clausulas penales por incumplimiento
7. fechas de pago.

en roma los contrato eran verbales y escritos, eran gratuitos( donación) o onerosos.


CONTRATO SOLEMNE: Cuando un contrato requiere unos tramites o requisitos que la ley requiere.
CONTRATO DE ARRIENDO:Contrato entre un arrendador (dueño) y un arrendatario( tenedor), pactan el usufructo de un bien por un tiempo y un canon( dinero)
bien comercial: Art 513 Código de Comercio
bien vivienda: Ley 820 /2003
CONTRATO DE COMODATO: Gratuito el comodante entrega una cosa y el comodatano usa gratuitamente por un tiempo( roma).
CONTRATO  DE MANDATO: cuando nos otorgan poder- mandar a hacer algo era gratuito en roma ahora es pagado.
CONTRATO DE SOCIEDAD:  de dos o mas personas que ponen un aporte y sus beneficios son repartidos.
CONTRATO DE PRENDA: Cuando un deudor entregaba una cosa como garantía y se devolvía con el pago. ( roma)
CONTRATO DE DEPOSITO: Era guardar la cosa  de forma gratis y devuelve el mismo cuando lo pidan.

CONTRATO DEL MUTUO: préstamo de la cosa, pesada, medida y contada y devolver de la misma cosa después de tres meses.

Obligaciones

OBLIGACIONES NATURALES Y CIVILES

Las obligaciones nacen de los contratos, cuasi  contratos (algo semejante o parecido a un contrato) de los delitos, cuasi delitos (cuando le ocasiona un daño a una Perona). Vinculo jurídico por el cual una persona llamada acreedor pueden exigir a otra persona llamada deudor el cumplimiento de una prestación, que puede ser de dar, hacer y no hacer alguna cosa.
Dar: transferir el dominio.
Hacer: hacer una cosa.
No hacer: abstención de hacer algo.


Naturales: son las que tienen que ver con la moral de los seres humanos, sin que haya un documento que obligue jurídicamente, donde esta en la moral cumplir las obligaciones.

Civiles: es donde hay un titulo valor que se obliga a pagar, que lo pueda hacer efectivo jurídicamente.

HERRAMIENTAS DEL POSEEDOR

HERRAMIENTAS DEL POSEEDOR

1.       Llamar a la policía.
2.       Proceso policivo de amparo a la posesión ( Ord. 507/2002 C.N.P)
3.       Inspección de policía corregida.
4.       Proceso ordinario posesorio- juez civil.
5.       Proceso ordinario civil-juez civil.

POSESIÓN

POSESIÓN


Tenencia de una cosa con ánimo de señor o dueño. Pero si bien es lo común y ordinario que quien ejerce la posesión es dueño de la cosa, sucede muchas veces que el poseedor no es dueño. Consecuentemente puede haber un propietario que no es poseedor.  ELEMENTOS:
CORPUS: Tendencia de la cosa.
ANIMUS: La intención, el ánimo de dueño.
Adquirimos la posesión con cosa y ánimo, y no por el solo ánimo o solo cosa.

CLASES DE POSESIÓN

La simple tenencia sin ánimo de dueño no constituye posesión, según lo que se deja expuesto. Pero los romanos solían llamar esa tenenciapossessio naturalis, reservando la dominación e possessio civilis a la tenencia con ánimo de dueño, que es la verdadera posesión.


POSESIÓN JUSTA E INJUSTA


La posesión se decía justa cuando había empezado: Sin violencia, si clandestinidad y si precariedad. Se llamaba injusta cuando había empezado con alguno de aquellos tres vicios. Con violencia, cuando se había ejercido esta contra las personas o las cosas para hacerse a la posesión. Con clandestinidad cuando se había tomado la cosa ocultando el hecho al interior poseedor para evitar su resistencia. De manera precaria, cuando se había empezado por concesión de otra persona, pero con destino a reintegrarse en ella cuando a bien lo tuviera.


``POSSESSIO BONAE FIDEI´´ Y ``MALAE FIDEI´´


Posesión de buena fe era la que se adquiría con la convicción de no violarse en ella derecho ajeno, esto es, en la creencia sincera de ser legitima la que de esa manera no se adquiera, era de mala fe.

 PROTECCIÓN POSESORIA


El derecho romano protegía la posesión de cualquier clase, ya para hacer la conservar por quien la tenía, ya para que fuera recuperada por quien injustamente y de manera arbitraria había sido despojada de ella. 
El pretor instituyo con ese fin los interdictos possessorios, que eran tres clases:

Los interdictos retinendae possessionis: fueron denominados para los inmuebles, y para los bienes muebles.

Los interdictos recuperandae possessionis
Fueron dos: interdictum de vi, a favor de quien había sido despojado de la posesión de un inmueble por medio de la fuerza. Interdictum deprecario, a favor de quien había cedido a otro la posesión de una  cosa de manera precaria.

Propiedad

LA PROPIEDAD O DOMINIO


La propiedad es el máximo derecho que puede tenerse sobe una cosa. Según los romanos, se compone de tres atributos: ius utendi o usus, ius fruendi o fructus, y ius abutendi o abusus; derecho de usar la cosa, de recoger sus frutos y productos, y de disponer de ella.
La propiedad era un derecho individual absoluto no puede entenderse en el sentido de que carecía de toda limitación.

Entre otras se conoce las siguientes:

1.       El dueño de un fundo rural no podía sembrar ni edificar hasta la línea matemática divisora con el predio vecino.
2.       Debía abstenerse de hacer trabajos que torcieran el curso de las aguas lluvias o que pudieran perjudicar los fundos vecinos.
3.       Aun se citan casos de expropiación por utilidad pública, como la reparación de los acueductos de roma y el establecimiento de una vía pública.
4.       La interdicción del disipador puede muy bien considerarse como una seria limitación del derecho de propiedad entre romanos.



CARACTERES DE LA PROPIEDAD ROMANA


El derecho de propiedad se presentaba entre los romanos en dos formas:

LA PROPIEDAD QUITARIA: Era la que resultaba de modos de adquirir propios del derecho civil, o derecho quitiario, accesibles únicamente a los ciudadanos romanos.

LA PROPIEDAD BONITARIA: resultaba de la adquisición de una cosamancipi por simple tradición u otro medio de los no reconocidos por el derecho civil.


LA PROPIEDAD SE PUEDE EXTINGUIR:

1.       Por la destrucción total de la cosa.
2.       Porque la cosa dejara de ser susceptible de propiedad particular.
3.       Porque un animal salvaje que había sido apropiado por el nombre, recobrara su libertad.


PROPIEDAD EN LA ACTUALIDAD
HERRAMIENTAS PROPIEDAD O DOMINIO

1.       Llamar a la policía.
2.       proceso policivo de lanzamiento por ocupación de hecho ( Ord 507 / 2002 C.N. P)
3.       Proceso reivindicatorio- juez civil.
4.       Denuncia penal de usurpación de tierras- fiscalía general de la nación.
5.       Solicitud de demolición por no tener licencia de construcción.

Tutela y Curatela en Roma

TUTELA EN ROMA

Figura jurídica, se nombra a un tutor para administrar los bienes de los menores de 25 años y mujeres.
-Se elegía a la persona más honesta
-El tutor debía rendir cuentas

Tutela Dativa: cualquier persona llamaba la tutela Dativa, el pretor con el fin de que se le asignara un tutor.
Tutela Testamentaria: cuando el padre en vida designaba quien sería el tutor de su hijo.
Tutela Legítima: cuando el agnado más cercano solicitaba que se nombrara un tutor.


CURATELA


Una figura Jurídica Romana por medio de la cual se nombraba un curador para que administrara los bienes de los que tenían demencia o de los disipadores o pródigos.
La tutela como la Curatela la designaban el magistrado.
Capitis deminutio: cuando se disminuye alguna de las capacidades que tenía el ser humano, dividida en 3:

1.       Máxima=libertad
2.       Media=ciudadanía-destierro
3.       Mínima=familia


Patria potestad: poder que tenía el páter familia sobre todos sus miembros de su familia y sus bienes.
Las fuentes de la patria potestad: El matrimonio, la legitimación, la adopción

La legitimación: en derecho Romano era aquel por el cual se asignaba la calidad de hijos legítimos a los hijos naturales nacidos de los concubinatos.

El matrimonio: unión entre un hombre y una mujer, vivir juntos, auxiliarse mutuamente, procrear
La adopción: cuando se recibía una persona en adopción (hombres, varones)
Art. 154 código civil. Causales de divorcio:
·         Relaciones sexuales extra matrimoniales
·         Incumplimiento como padres
·         Los ultrajes, maltrato físico
·         La embriagues habitual de alguno de los conjugues
·         El uso de sustancias alucinógenas

·         Toda enfermedad que atente contra la salud de la otra persona

RÉGIMEN DE LAS PERSONAS EN ROMA

RÉGIMEN DE LAS PERSONAS EN ROMA



ESTADO DE LIBERTAD

En roma el hombre que no era libre no era persona. Los hombres se dividían,  en libres y esclavos. Solo los hombres libres podían tener estado de ciudadanía y de familia. La libertad, es la facultad natural que cada uno tiene de hacer lo que le plazca, a no ser que la fuerza o la ley se lo impidan.


LA ESCLAVITUD

La condición jurídica del esclavo era la del bien patrimonial sujeto  al poder absoluto de su amo o dueño.


Los esclavos:

  •       No podía contraer matrimonio. sus uniones sexuales eran de hecho, o de derecho, y se denominaban contubernium.
  •     No podía adquirir ni enajenar por cuanto no tenía un patrimonio propio a la manera del ser libre. Sus actividades económicas eran de hecho, no de derecho y aprovechaban al dueño.
  •      El esclavo no podía ser sujeto activo ni pasivo de acciones judiciales, por cuanto no podía serlo de derecho.



MANUMISION

Al acto jurídico por el cual el amo o dueño del esclavo le daba la liberad. El hombre libre que jamás había sido esclavo se llamaba ingenuo y tenía una condición jurídica y social superior a la del liberto.