TUTELA EN ROMA
-Se
elegía a la persona más honesta
-El
tutor debía rendir cuentas
Tutela
Dativa: cualquier persona llamaba la tutela Dativa, el pretor con el fin de que
se le asignara un tutor.
Tutela
Testamentaria: cuando el padre en vida designaba quien sería el tutor de su
hijo.
Tutela
Legítima: cuando el agnado más cercano solicitaba que se nombrara un tutor.
CURATELA
Una
figura Jurídica Romana por medio de la cual se nombraba un curador para que
administrara los bienes de los que tenían demencia o de los disipadores o
pródigos.
La
tutela como la Curatela la designaban el magistrado.

1. Máxima=libertad
2. Media=ciudadanía-destierro
3. Mínima=familia
Patria
potestad: poder que tenía el páter familia sobre todos sus miembros de su
familia y sus bienes.
Las
fuentes de la patria potestad: El matrimonio, la legitimación, la adopción
La
legitimación: en derecho Romano era aquel por el cual se asignaba la calidad de
hijos legítimos a los hijos naturales nacidos de los concubinatos.
El
matrimonio: unión entre un hombre y una mujer, vivir juntos, auxiliarse
mutuamente, procrear
La
adopción: cuando se recibía una persona en adopción (hombres, varones)
Art.
154 código civil. Causales de divorcio:
· Relaciones sexuales extra
matrimoniales
· Incumplimiento como padres
· Los ultrajes, maltrato físico
· La embriagues habitual de alguno de
los conjugues
· El uso de sustancias alucinógenas
· Toda enfermedad que atente contra la
salud de la otra persona
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